sábado, 15 de diciembre de 2018

NIA 500-PARTE II Evidencia de Auditoría

               

             NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 500
                                (SEGUNDA PARTE)



FIABILIDAD DE LA INFORMACIÓN GENERADA POR UN EXPERTO DE LA DIRECCIÓN

Continuando con la Norma Internacional de Auditoría 500, haremos énfasis en el Experto de la Dirección como pieza clave para la preparación de la información financiera de la entidad auditada.

EXPERTO DE LA DIRECCIÓN: Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.”(NIA 500, 2015)


La preparación de los Estados Financieros (EEFF) de una entidad puede requerir especialización en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, como cálculos actuariales, valoraciones o datos tecnológicos.

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La entidad puede emplear o contratar a expertos. No hacerlo así, cuando dicha especialización es necesaria, aumenta los riesgos de error material.

El Auditor obtendrá conocimiento del trabajo de dicho experto y evaluará la adecuación del trabajo como evidencia de auditoría en relación con la afirmación en los EEFF.


LA INFORMACIÓN GENERADA POR UN EXPERTO DE LA DIRECCIÓN


LA FIABILIDAD DEPENDERÁ DE:

La naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de auditoría…

Aspectos a considerar:

  • La naturaleza, complejidad y el riesgo de incorrección material de la materia.
  • La disponibilidad de fuentes alternativas de evidencia de auditoría.
  • La naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del experto de la dirección.
  • Si es un empleado de la entidad, o si es un tercero contratado por ésta.
  • La medida en que la dirección puede ejercer control o influencia sobre el experto.
  • Si está sujeto, en la realización de su trabajo, a normas técnicas o a otros requerimientos profesionales o del sector.
  • La naturaleza y extensión de cualquier control dentro de la entidad sobre el trabajo del experto de la dirección.
  • La experiencia previa del auditor en relación con el trabajo de dicho experto.


COMPETENCIA, CAPACIDAD Y OBJETIVIDAD DE UN EXPERTO DE LA DIRECCIÓN

El auditor debe comprobar a través de:

  • La experiencia personal con trabajos anteriores de dicho experto.
  • Los artículos publicados o libros escritos por el experto.
  • Las discusiones con terceros que están familiarizados con el trabajo de dicho experto.
  • El conocimiento de las cualificaciones de dicho experto, su pertenencia a un organismo profesional o una asociación del sector, su autorización para ejercer, u otras formas de reconocimiento externo.
  • Las discusiones con dicho experto.
  • Un experto del auditor, en su caso, que facilite a éste último la obtención de evidencia suficiente y adecuada con respecto a la información generada por el experto de la dirección.



TIPS FINALES SOBRE FIABILIDAD DE LA INFORMACIÓN GENERADA POR UN EXPERTO DE LA DIRECCIÓN


El auditor debe aplicar su juicio profesional para detectar si necesita apoyo del experto del auditor para comprobar la fiabilidad del trabajo realizado por el experto de la dirección, en caso de requerir este experto del auditor debe pasar por un proceso de control de calidad conforme a la NICC-1.


El conocimiento y entendimiento de la entidad es vital para identificar el marco de información financiera aplicable, en el caso de la NIIF para PYMES se necesitaría apoyo en temas de cambios de políticas contables conforme a las sección 10, cuando la entidad decida realizar revaluación de sus activos no corrientes, igualmente la sección 11 instrumentos financieros requieren de cálculos de la tasa interna de retorno (TIR) y del costo amortizado a través de fórmulas financieras como el valor presente neto (VAN en Excel).


La sección 23 ingresos; es de vital importancia en caso de entidades del sector de construcción. El deterioro del valor de la sección 27 es necesario para identificar si el valor en libros de los activos excede al importe recuperable que es el mayor entre el valor de uso y el valor razonable menos sus costos de disposición o venta. Este deterioro es característico de las normas internacionales y requiere la reexpresión de las cifras antes de su reconocimiento.


La presentación de la consolidación de EEFF puede requerir que las organizaciones se apoyen de un experto de la dirección para realizar la compilación, que será la relación entre la controladora y las subsidiarias. El registro de la plusvalía es un punto clave en la detección de posibles errores u omisiones, al igual que presentar EEFF separados para ocultar información de un consorcio para mostrar sobrevaloración falsa en el patrimonio en caso de pérdida oculta.


En los aspectos de traducción de EEFF a moneda extranjera y su impacto en el patrimonio debe identificarse la razonabilidad de las cifras. Entre otras secciones como beneficios a los empleados, cálculos actuariales, su relación con el marco legal de la jurisdicción y registro de posibles contingencias fiscales.


En el caso de que la entidad no haya reconocido en los EEFF importes o valoraciones que son requeridos por las NIIF por tratarse de un costo o esfuerzo desproporcionado, deberá presentar carta al equipo auditor para que soporte el entendimiento de estos factores y analice la materialidad de estas omisiones conforme a la NIA 320.


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miércoles, 28 de noviembre de 2018

NIA 500 Evidencia de Auditoría (1)

          

              NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 500
                                 (PRIMERA PARTE)

Explica lo que constituye evidencia de auditoría en una auditoría de Estados Financieros (EEFF), resaltando la responsabilidad que tiene el auditor de diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada que le permita alcanzar CONCLUSIONES RAZONABLES EN LAS QUE BASAR SU OPINIÓN.


Esta NIA 500 es aplicable a toda la evidencia de auditoría obtenida en el transcurso de la auditoría.



Dentro de las definiciones contenidas en esta NIA 500, podemos destacar:


Evidencia de Auditoría:

Información utilizada por el auditor para alcanzar las conclusiones en las que basa su opinión. La evidencia de auditoría incluye tanto la información contenida en los registros contables de los que se obtienen los estados financieros, como otra información.

  • La Suficiencia de la Evidencia de Auditoría: Es la medida cuantitativa de ésta. La cantidad de evidencia de auditoría necesaria depende de la valoración del auditor del riesgo de incorrección material, así como de la calidad de dicha evidencia de auditoría.
  • La Adecuación de la Evidencia de Auditoría: Es la medida cualitativa de ésta, es decir, su relevancia y fiabilidad para respaldar las conclusiones en las que se basa la opinión del auditor.


Experto de la Dirección:

Persona u organización especializada en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese ámbito se utiliza por la entidad para facilitar la preparación de los estados financieros.

Registros Contables:

Registros de asientos contables iniciales y documentación de soporte, tales como:

  1. Cheques y registros de transferencias electrónicas de fondos;
  2. Facturas y contratos;
  3. Libros principales y auxiliares;
  4. Asientos en el libro diario y otros ajustes de los EEFF que no se reflejen en asientos en el libro diario;
  5. Hojas de trabajo y de cálculo utilizadas para la imputación de costes, cálculos, conciliaciones e información a revelar.


REQUERIMIENTOS:


PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA PARA OBTENER EVIDENCIA:


1.Procedimientos de Valoración de Riesgo (Indagaciones ante la dirección y otras personas de la entidad, análisis, observación e inspección.)

2.Procedimientos Sustantivos (Pruebas de detalles y procedimientos analíticos)


3.PRUEBAS DE CONTROLES (Evaluan la eficacia operativa de los controles en la prevención o en la detección y corrección de los errores materiales en las afirmaciones contenidas en los EEFF)


INDAGACIÓN

Consiste en la búsqueda de información, financiera o no financiera, a través de personas bien informadas tanto de dentro como de fuera de la entidad.

  •     Se utiliza de forma extensiva a lo largo de la auditoría.

  •    Puede variar desde la indagación formal (Escrita) hasta la indagación verbal informal.
  •   La evaluación de las respuestas obtenidas es parte integrante del proceso de indagación.
  •   Las respuestas pueden ser una base para que el auditor modifique o aplique procedimientos de auditoría adicionales.


El auditor puede considerar necesario obtener manifestaciones escritas de la dirección de la entidad, para confirmar las respuestas a las indagaciones verbales.




PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA
 (TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN)


INSPECCIÓN: Comprobación de la información contable contenida en los documentos (inspección documental) o en la comprobación de existencia tangibles (Inspección física).

OBSERVACIÓN: Consiste en presenciar la ejecución de un proceso o procedimiento efectuado por otros.

CONFIRMACIÓN: Una aseveración escrita por terceros sobre las afirmaciones contenidas en los registros contables u operaciones realizadas por la entidad.

RECÁLCULO: Consiste en comprobar la exactitud de los cálculos matemáticos incluidos en los documentos o registros.

REEJECUCIÓN: Ejecución independiente por parte del auditor de procedimientos o de controles que en origen fueron realizados como parte del control interno de la entidad.

PROCEDIMIENTOS ANALÍTICOS: Evaluaciones de información financiera realizadas mediante el análisis de las relaciones existentes entre datos financieros y no financieros, variaciones, ratios e información sectorial.


INFORMACIÓN QUE SE UTILIZARÁ COMO EVIDENCIA DE AUDITORÍA

La calidad de toda la evidencia de auditoría se ve afectada por la relevancia y la fiabilidad de la información en la que se basa.

La relevancia es la conexión lógica y pertinente entre el procedimiento de auditoría a utilizar y la afirmación que se somete a comprobación.



La fiabilidad de la información se ve afectada por su origen y su naturaleza, así como por las circunstancias en las que se obtiene. 

Información fiable es de característica:

CONFIABLE
GARANTIZADA
SEGURA
FIDEDIGNA


TIPS FINALES SOBRE LA FIABILIDAD DE LA EVIDENCIA DE AUDITORIA

  • Aumenta si se obtiene de fuentes externas independientes de la entidad. 
  • La evidencia que se genera internamente aumenta cuando los controles relacionados son aplicados por la entidad. 
  • La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más fiable. 
  • La evidencia en forma de documento es más fiable que la verbalmente. 
  • La evidencia proporcionada por los documentos originales es más fiable que la proporcionada por fotocopias o facsímiles.


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domingo, 18 de noviembre de 2018

NIA 210 Acuerdo de los Términos del Encargo de Auditoría

          
           NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 210


El objetivo del auditor es Aceptar o continuar con un encargo -compromiso- de auditoría solamente cuando se haya acordado la base sobre la que la auditoría se va a realizar, mediante:

  • La determinación de si están presentes las precondiciones para la auditoría.


  • Confirmar que hay una comprensión común por parte del auditor y de la Dirección, respecto de los términos del encargo de auditoría.




Dentro de las definiciones contenidas en esta NIA 210, podemos destacar:

Condiciones Previas a la Auditoría: Utilización por la dirección de un MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA ACEPTABLE para la preparación de los EEFF y conformidad de la dirección, con la PREMISA sobre la que se realiza una auditoría.”

Las referencias  a “la dirección” deberán interpretarse en lo sucesivo como referidas a “la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad”.


REQUERIMIENTO: SOLICITUD DE CONFIRMACIÓN POR EL AUDITOR A LA DIRECCIÓN.

PREMISAS: LA DIRECCIÓN RECONOCE Y ENTIENDE QUE PROPORCIONARÁ O CUMPLIRÁ CON LO SIGUIENTE: 



REQUERIMIENTO PRINCIPAL

El auditor determinará si el marco de información financiera que se utilizará para la preparación de los Estados Financieros es ACEPTABLE. 


FACTORES QUE AFECTAN LA ACEPTACIÓN DE UN ENCARGO DE AUDITORÍA

Los factores relevantes para que el auditor determine si el marco de información financiera es aceptable son los siguientes:

  • Naturaleza de la entidad.
  • Objetivo de los estados financieros.
  • Naturaleza de los estados financieros.
  • Si las disposiciones legales o reglamentarias prescriben el marco de información financiera aplicable.


El auditor evaluará si el encargo será una auditoría inicial, tomando en cuenta si los estados financieros de período anterior no han sido auditados o si fueron auditados por un auditor predecesor conforme a la NIA 510.

En caso de ser una auditoría periódica (recurrente por el mismo auditor), el auditor valora si los escenarios requieren la revisión de los términos del encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad los términos existentes del encargo de auditoría.

Los siguientes factores pueden hacer que resulte adecuado revisar los términos del encargo de auditoría o recordar a la entidad los términos vigentes:


Asunto
si
No
Observación
Cualquier indicio de que la entidad interpreta erróneamente el objetivo y el alcance de la auditoría.
X
Cualquier término modificado o especial del encargo de auditoría.
X
Un cambio reciente en la alta dirección.
X
Un cambio significativo en la propiedad.
X
Un cambio significativo en la naturaleza o dimensión de la actividad de la entidad.
X
Un cambio en los requerimientos legales o reglamentarios.
X
Un cambio en el marco de información financiera adoptado para la preparación de los EEFF.
X
Un cambio en otros requerimientos de información.
X

ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA CARTA DE COMPROMISO

La información a incluir en la carta de encargo sobre las responsabilidades del auditor puede basarse en la NIA 200. Los apartados 6(b) y 12 de la presente NIA describen las responsabilidades de la dirección.

La estructura y el contenido de la carta de encargo pueden variar de una entidad a otra.



LA CARTA DE COMPROMISO puede contener, por ejemplo, lo siguiente:

▪ La definición del alcance de la auditoría, incluida una referencia a las disposiciones legales o reglamentarias y a las NIA aplicables, así como a las normas de ética y otros pronunciamientos de organizaciones profesionales a los que el auditor se adhiera.

▪ La forma de cualquier otra comunicación de resultados del encargo de auditoría.

El requerimiento de que el auditor comunique las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 701 nueva -Comunicación de las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría emitido por el auditor independiente-.

▪ El hecho de que, por las limitaciones inherentes a la auditoría y por las limitaciones inherentes al control interno, haya un riesgo inevitable de que puedan no detectarse algunas incorrecciones materiales, incluso aunque la auditoría se planifique y se ejecute adecuadamente de conformidad con las NIA.

▪ Los planes relativos a la planificación y ejecución de la auditoría, incluida la composición del equipo de auditoría.

▪ La expectativa de que la Dirección proporcione manifestaciones escritas.

▪ El acuerdo de la Dirección de poner a disposición del auditor un borrador de los estados financieros y cualquier otra información complementaria con tiempo suficiente para que el auditor pueda terminar la auditoría según el calendario propuesto.

▪ El acuerdo de la Dirección de informar al auditor sobre los hechos que puedan afectar los estados financieros y que lleguen a conocimiento de la Dirección durante el periodo que media entre la fecha del informe de auditoría y la fecha de publicación de los estados financieros.

▪ La base sobre la que se calculan los honorarios y cualquier posible acuerdo de facturación.

▪ La solicitud de que la Dirección acuse recibo de la carta de encargo y apruebe los términos del encargo que se recogen en ella.

Cuando no se requiera que el auditor comunique las cuestiones clave de la auditoría puede ser útil para el auditor referirse, en los términos del encargo de auditoría, a la posibilidad de comunicar las cuestiones clave de la auditoría en el informe de auditoría, y en determinadas jurisdicciones puede ser necesario que el auditor mencione dicha posibilidad con el fin de mantener la capacidad de hacerlo. (NIA 2015 REVISADA)


Cuando proceda, también pueden incluirse las siguientes situaciones en la carta de recomendaciones:

  • Acuerdos relativos a la participación de otros auditores y expertos en algunos aspectos;
  • Acuerdos referidos a la participación de auditores internos y de otros empleados de la entidad;
  • Acuerdos que deban alcanzarse con el auditor predecesor, si lo hubiera, en el caso de encargo inicial de auditoría;
  • Cualquier limitación de la responsabilidad del auditor, cuando exista esta posibilidad;
  • Cualquier obligación de proporcionar papeles de trabajo de auditoría a otras partes.


CONSIDERACIONES FINALES


Finalmente es importante tener en cuenta si los estados financieros son emitidos por la entidad bajo un marco de información financiera de propósitos generales o específicos, dependiendo de esto, el equipo auditor tendrá la decisión de aceptar o no el encargo, basado en su experiencia y conocimiento de dicho marco, disposiciones legales, expectativa del auditor sobre el control interno que lleva la dirección y gobierno corporativo para prevenir, detectar y corregir los riegos asociados a fraude y error, que podrían impactar en las afirmaciones contenidas en los estados financieros.

Asimismo, si en el acuerdo existe una limitación al alcance de la auditoría, el equipo auditor tendrá que que considerar renunciar al encargo si la dirección no justifica dicha limitación. Una vez iniciado el encargo si existen cambios inevitables en la planificación y ejecución de la auditoría se debe realizar una nueva carta de compromiso reformulando los acuerdos pactados.



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