NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 240
En relación con los riesgos de error material
debido a fraude, esta NIA 240 desarrolla el modo de aplicar las NIA 315 (revisada) Y NIA
330, teniendo como objetivos fundamentales:
- Identificar y valorar los riesgos.
- Obtener evidencia de auditoría, mediante el diseño y la
implementación de respuestas apropiadas.
- Responder adecuadamente al fraude o a los indicios de fraude
identificados durante la realización de la auditoría.
EL FRAUDE es definido por las Normas Internacionales de Auditoría y Control
de Calidad”, edición 2013, autorizada por la IFAC para el Instituto Mexicano de
Contadores Públicos, como
“un acto intencionado realizado por una o más personas de la dirección, los
responsables del gobierno de la entidad, los empleados o terceros, que conlleve
la utilización del engaño con el fin de conseguir una ventaja injusta o
ilegal”.
El auditor debe detectar si existen factores de
riesgos de fraude que indiquen la existencia de un incentivo o elemento de
presión para cometer fraude o que proporcionen una oportunidad para cometerlo.
La acción subyacente que da lugar al error material
de los estados financieros es el ERROR
INTENCIONADO, a través de dos tipos de actos fraudulentos los cuales se
refieren a la INFORMACIÓN FINANCIERA
FRAUDULENTA Y APROPIACIÓN INDEBIDA DE ACTIVOS. El auditor
no determina si se ha producido efectivamente un fraude desde un punto de vista
legal.
RESPONSABILIDAD EN RELACIÓN CON LA PREVENCIÓN Y
DETECCIÓN DEL FRAUDE
El principal responsable
es la dirección y gobierno corporativo, su trabajo debe ser el Persuadir a las
personas de no cometer fraude debido a la probabilidad de que se detecte y se
sancione. Esto implica el compromiso de crear una cultura de honestidad y
comportamiento ético, que puede reforzarse mediante una supervisión activa.
"El
auditor que realiza una auditoría de conformidad con las NIA es responsable de
la obtención de una seguridad razonable de que los estados financieros considerados en su conjunto están libres de incorrecciones materiales debidas a
FRAUDE o error." (NIA 240)
El riesgo de NO detectar fraude por el auditor
además de ser inevitable, es mucho más alto a la detección de errores no
intencionados, esto se debe a que el fraude puede conllevar planes sofisticados
y cuidadosamente organizados para su ocultación.
Asimismo, el riesgo de no
detección de fraude es mayor cuando es cometido por la dirección y menor cuando
es cometido por empleados, esto se debe a que la dirección normalmente ocupa
una posición que le permite manipular los registros contables, eludir los
controles y proporcionar estados financieros engañosos.
El escepticismo profesional del auditor es vital y
la capacidad de detectar fraude dependerá de la habilidad del que lo
comete, frecuencia y el alcance de la manipulación, el grado de colusión
(confabulación y complicidad entre partes), dimensión relativa de las
cantidades individuales manipuladas y el rango jerárquico de las personas
implicadas.
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PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO Y
ACTIVIDADES RELACIONADAS
El auditor aplicará los procedimientos con el fin
de obtener información para identificar los riesgos de fraude indagando:
- La valoración realizada por la DIRECCIÓN del riesgo de que los EEFF puedan contener incorrecciones materiales debidas a fraude.
- El proceso seguido por la DIRECCIÓN para identificar y dar respuesta a los riesgos de fraude en la entidad, específicamente en las afirmaciones contenidas en los EEFF.
- La comunicación por la dirección a los responsables del gobierno de la entidad y empleados de los procesos dirigidos a identificar y dar respuesta a los riesgos de fraude en la entidad.
- Obteniendo conocimiento de los controles, Incluidas las actividades de control, que sean relevantes en la ponderación de los riesgos de fraude.
Al realizar dicha ponderación, es posible que la
dirección llegue a la conclusión de que no es eficaz, en términos de coste,
diseñar, implementar y mantener un determinado control.
El auditor conocerá, si la dirección ha decidido
conscientemente aceptar los riesgos asociados a una falta de segregación de
funciones. (Identificará los Factores de riesgo).
RESPUESTAS A LOS RIESGOS VALORADOS DE INCORRECCIÓN
MATERIAL DEBIDA A FRAUDE
El auditor Asignará y supervisará al personal teniendo en cuenta los
conocimientos, la cualificación y la capacidad de las personas responsables.
Evaluará si la selección y la aplicación de las políticas contables por
parte de la entidad inducen a EEFF fraudulentos.
Introducirá un elemento imprevisible (sorpresa) en la selección de la
naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de
auditoría.
En el caso presunta elusión de los controles
por parte de la dirección, el auditor diseñará y aplicará procedimientos de
auditoría con el fin de:
- Comprobar la adecuación de los asientos del libro diario registrados en el libro mayor, así como de otros ajustes realizados para la preparación de los EEFF. (indagación con el personal, muestreo y comprobación de asientos.).
- Revisar las estimaciones contables en busca de sesgos (desviaciones) y evaluar sus circunstancias en relación al fraude. (NIA 540).
- Evaluar si el fundamento empresarial de las transacciones inusuales, complejas o ajenas a la naturaleza del negocio (o su ausencia) indica que pueden haberse registrado con el fin de engañar.
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CONSIDERACIONES FINALES Y OTROS REQUERIMIENTOS:
El auditor evaluará cualitativamente si los procedimientos analíticos
que se aplican en una fecha cercana a la finalización de la auditoría, indican
un riesgo de error material debida a fraude no reconocido previamente.
¿Las valoraciones a los riesgos son adecuadas y la evidencia es
suficiente? De no ser así a empezar de nuevo. Un caso de fraude no suele producirse
de forma aislada, el auditor evaluará las implicaciones de la incorrección en
relación con otros aspectos de la auditoría.
El auditor se apoyará de herramientas como:
- Solicitud de manifestaciones escritas de la dirección y G.E.
- Comunicaciones a la dirección y a los responsables del gobierno de la entidad.
- Comunicaciones a las autoridades reguladoras y de supervisión.
- Documentación de la evidencia suficiente y adecuada con el fin de que sea relevante y fiable para las conclusiones del auditor.
Te invito a que visites el canal de You Tube de AMARO FRANCO &
ASOCIADOS, A.C. en donde comparto un video de toda la presentación de la NIA
240, explicando a mayor detalle este tema y su relación con las demás NIA.
¡Hasta la próxima!
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